jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº1332

Trabajadores | 6 oct 2020

Salario mínimo y jubilaciones

DAR A CADA UNO LO SUYO- Justa actualización salarial y de jubilaciones


Con fecha 5 de octubre de 2020 se oficializó la convocatoria al Consejo Nacional del Empleo, la productividad y el salario mímo vital y móvil. La cita es para el miércoles 14 de octubre a las 15 hs. Quién convoca es el Ministro de Trabajo y seguridad de la Nación Claudio Moroni, que por ley 24013 de 1991, sucesivos decretos y resoluciones se encarga de presidir el consejo y su funcionamiento.

El consejo sesionará para establecer el salario mínimo vital y a partir de las 16:30 las prestaciones por desempleo. 

Haciendo un poco de historia este consejo existe desde 1991, cuando la ley 24013 lo creara, su fundamento está en la manda constitucional que establece el salario mínimo vital en el artículo 14 bis, agregado a la constitución de 1853 por la reforma constitucional de 1957, vigente actualmente.

Tiene como antecedentes históricos otros organismos que de duración esporádica lo precedieron. Hay que tener en cuenta que este organismo tuvo desde su origen, en 1991, un funcionamiento discontinuado, pues sólo entre 2004 (que se reactivó por decreto 1095 de 2004 y el 2015) tuvo actualización anualizada y luego volvió a discontinuarse entre 2016 y 2019. Su valor actual es de 16.875 pesos y su última actualización la realizó el ministro de trabajo y producción del gobierno del macriradicalismo, de nefasto recuerdo, Dante Sica el 3/9/2019 que si bien hizo pasar el mínimo de 12.500 pesos a 16.875 estuvo lejos de recuperar la caída sufrida durante el gobierno entreguista y propatronal de Mauricio Macri.

Es importante señalar que el Consejo está integrado por representantes de los trabajadores, de los empleadores, del gobierno nacional y el Consejo Federal del Trabajo (gobiernos provinciales).  En caso de falta de consenso entre las partes el gobierno nacional, a través del Ministerio de Trabajo, puede laudar y establecer unilateralmente el mínimo como ya ha ocurrido en varias ocasiones en la historia del Consejo. 

El ámbito de aplicación son los trabajadores privados y los públicos que por convenio se rigen también por la Ley de Contrato de Trabajo 20744/74 y sus modificaciones. Asimismo en forma indirecta repercute sobre las prestaciones por desempleo, las ATP y las jubilaciones de ANSES e IPS. Los últimos convenios, que tienen fuerza de ley para los trabajadores de rama o sector ya establecieron nuevos mínimos sectoriales y el nuevo mínimo que surja de las reuniones convocadas para el Consejo sería una adecuación generalizada del mínimo salarial que repercutiría sobre todos los mínimos de convenio, incluso los recientemente pactados si el mínimo establecido sectorialmente fuera inferior a lo resuelto por el Consejo.

Los diarios hablan que el mínimo debiera adecuarse según el gobierno en un 30 por ciento, es decir alrededor de 22.000 pesos y que la convocatoria fue producto de pedidos de la  CGT. Lo cierto es que ya el movimiento 21F integrado por numerosos sindicatos y agrupaciones de todo el país donde el sindicato de camioneros tiene fuerte peso viene movilizandose hace rato por esta reivindicación en forma pública y notoria y que el  30 por ciento de actualización no cubre la caída del salario real caído primero con el Macrismo y agravado por la Pandemia dónde los empresarios hicieron recaer el peso de la crisis en los trabajadores.

Es hora de que los trabajadores tengan un salario digno y que los sindicatos y el gobierno inclinan la balanza en la puja salarial hacia  los trabajadores activos y pasivos. La movilidad salarial y de beneficios jubilatorios debe dejar de ser regresiva y adecuar el salario, las jubilaciones y pensiones a la canasta de precios en general, el dolar y la NAFTA, en particular.

Nuestro país pasó de ser hace 5 años el de mayor sueldo promedio en dólares de Latinoamérica a ser uno de los peores. Anses sin dejar de ocuparse de los más vulnerables (desocupados y trabajadores informales) debe ocuparse de los beneficios jubilatorios y los pensiones que son el principal fundamento de su existencia. Los sindicatos no deben ocuparse solamente de los aumentos nominales de salarios sino del salario real y por ende de evitar que la tasa de ganancia empresarial no suba a expensas de los trabajadores vía suba de precios y también debe ocuparse de las jubilaciones porque esos jubilados aportaron por décadas e incluso en muchos sindicatos siguen aportando después de dejar de ser trabajadores activos.

Por último al conjunto de los trabajadores (activos y pasivos) les corresponde luchar por sus derechos y acompañar o presionar (según los casos) a los sindicatos en esta negociación que se abre el 14 y sigue luego en cada convenio en particular.

Santiago Ernesto Ali Brouchoud.

Abogado. Asesor General de Populismo k 

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias