jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº1332

Trabajadores | 23 nov 2020

Reducción de jornada laboral

Acerca de la reducción de la Jornada laboral

Durante la Pandemia a raíz de la desocupación e informalidad histórica, pero agravada por la crisis consiguiente resurgió en nuestro país la discusión sobre la disminución de la jornada semanal de labor como medio para reducir la desocupación, las enfermedades laborales y accidentes de trabajo, la alienación laboral, la informalidad laboral. Nuestro país tiene una jornada semanal de 48 hr según la vigente ley 21544 que por convenio puede reducirse. La OIT desde hace décadas plantea que la jornada semanal debe ser de 40 hr semanales. Hay países según lo demuestran los artículos del Cohete a la Luna del 4 de octubre y el de Héctor Recalde en Página12 la jornada es de menos de 30 hr semanales. El FIT presentó un proyecto de reducir la jornada semanal a 30 hr, el diputado Nacional Hugo Yaski, secretario general de la CTA de los trabajadores plantea que sean de 40 hs. Hay sindicatos que actualmente lo tienen como uno de los ejes de su actividad sindical actual como la AGTSyP (sindicato del subte). Es un tema para reflexionar y ver si no sería una verdadera solución para las distintas cuestiones mencionadas más arriba e incluso hasta para mejorar la productividad hora hombre.


Por Héctor Pedro Recalde (Abogado Laboralista. Presidente de F.U.E.N.T.E.S.)

“Ocho horas para trabajar, ocho para descansar y ocho para esparcimiento”, la proclama conocida como la “triple ocho”, se remonta a 1810 cuando el filántropo y socialista utópicoRobert Owen, impulsor del movimiento obrero británico, afirmó que la calidad del trabajo de un obrero está en relación directa con su calidad de vida.

La duración de la jornada de trabajo es una de las inquietudes más antiguas, desde agosto de 1866, en que la Asociación Internacional de los trabajadores la llevó a debate al Congreso de Ginebra. El “tiempo de trabajo” siempre retorna como demanda fundamental del movimiento obrero.

Después del Convenio Nº 1 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del año 1919, que limita a ocho horas diarias la jornada laboral, otros Convenios de la OIT se establecieron a fin de regular y garantizar un descanso semanal y un permiso anual remunerado (vacaciones). 

Sin embargo, técnicos de la OIT concluyeron que la realidad actual no se condice con las normas imprescindibles para la prevención de daños en la salud de los trabajadores. Según estadísticas de este Organismo, sólo el 4 por ciento de los países cumplen con las recomendaciones de la OIT y acatan las normas laborales internacionales que establecen un máximo de 48 horas o menos para la semana laboral.

Límite máximo

Cuando la jornada es larga hasta la leve carga es pesada. Estudios realizados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) indicaron que en Asia es donde más horas se trabaja. La mayoría de los países asiáticos (32 por ciento) no tiene un límite máximo para la jornada laboral y un 29 por ciento tiene umbrales altos que llegan a jornadas de 60 horas semanales. 

En países como Australia y Japón, el 20 por ciento de la fuerza laboral trabaja 50 horas o más a la semana, y en Estados Unidos no tiene límites regulados. En cambio, en la Unión Europea (UE) todos los países tienen un horario semanal máximo y solo Bélgica y Turquía tienen jornadas laborales legales de más de 48 horas. 

Las jornadas más bajas se encuentran en los países nórdicos: Holanda con 29,3 horas a la semana, Dinamarca con 32,5 horas, o Noruega con menos de 34 horas a la semana. Suiza tiene un promedio de 34,4 horas a la semana, Suecia 35,8 horas y en Francia promedian las 36,5 horas a la semana.

En África, más de un tercio de la fuerza laboral trabaja más de 48 horas por semana. La tasa en Tanzania es de 60 horas semanales, en Medio Oriente 8 de cada 10 países permiten jornadas laborales que exceden las 60 horas por semana. 

En Pekín, China, la jornada semanal media de los trabajadores sin estudios se acerca a las 60 horas, mientras que los licenciados universitarios trabajan únicamente 43 horas a la semana. 

En Senegal, los trabajadores de la economía informal trabajan tanto como sea necesario, incluso en el día de descanso. En América Latina y el Caribe, el 34 por ciento de las naciones no tiene límite de horas semanales, en países como Colombia se trabaja 49,4 horas, en México y Costa Rica 45 horas y en Chile 44 horas a la semana. Como se advierte, en el mundo se ha mezclado la biblia junto al calefón.

Condiciones de empleo

En Argentina, la Encuesta Nacional a trabajadores sobre condiciones de empleo, trabajo, salud y seguridad (ECETSS) realizada en 2018 a través de un muestreo de 12 mil hogares, arrojó que el 41,1 por ciento de los trabajadores del país posee una “jornada atípica de trabajo” que se enmarca en alguna de estas variables: turnos rotativos, trabajo nocturno, jornada excesiva o durante el fin de semana. 

Un 25,4 por ciento declara realizar horas extras, un 29 por ciento del total de los encuestados tiene turnos de trabajo rotativos o variables, a éstos trabajadores, un 73 por ciento le cambian los horarios todas las semanas, un 8,9 por ciento trabaja de noche y un 21,7 por ciento tiene una jornada fraccionada, cifra que se eleva a 35,7 por ciento si se considera a los trabajadores que realizan jornadas continuas a veces y otras fraccionadas.

Salud

El aumento del estrés y las alteraciones del sueño son algunos de los efectos que ocasiona alternar permanentemente los horarios de trabajo, muchos trabajadores se ven expuestos a daños en la salud con trastornos graves. Un estudio del Laboratorio de Cronobiología de la Universidad Nacional de Quilmesdirigido por Diego Golombek, concluyó que alterar el ritmo del reloj biológico puede provocar tumores y en casos extremos cáncer.

La salud de los trabajadores no solo repercute en la calidad de vida de ellos y la de sus familias, lo hace también en la convivencia comunitaria. En cuanto a la realidad en nuestro país, cabe señalar que la pandemia tuvo como una de sus consecuencias la disminución de la actividad económica.

Parte de la filosofía china indica que la crisis también significa posibilidad, en mérito de ello creo que es un muy buen momento para modificar la, casi legendaria, Ley 11.544, estableciendo un límite de la jornada legal menor a la que la norma internacional de la OIT establece.

Proyectos

Durante mi mandato de diputado de la Nación, presenté un proyecto de ley pendiente mediante el cual se bajaba el límite máximo de 48 a 45 horas de trabajo semanal. Nuestra realidad indica que son pocos los asalariados que están cumpliendo ese límite temporal, ya que laboran más que nueve (9) horas diarias a la semana.

Existen varios proyectos que establecen límites mayores, alguno llevaría la jornada de trabajo a cuarenta (40), otro a treinta y nueve (39), y algunos proyectos más optimistas plantean una semana de treinta cinco (35) horas.

Muchas veces critican nuestra legislación laboral como extremadamente rígida. Quienes lo hacen desde el sector empresario la adjudican responsable de la destrucción de empleos o del impedimento a que se formalicen nuevos contratos.

En prueba de mi amplitud ideológica, me permito parafrasear al ex presidente de Estados Unidos, Bill Clinton, cuando sostenía “Es la economía, estúpido”. Recordando al inolvidable (valga el oxímoron) Roberto Fontanarrosa, en aquello de las “malas palabras” que según se interroga, se las califica así porque le pegan a las buenas, puedo afirmar que la solución de la economía o su involución, no depende de los derechos del trabajador, sino de la política económica.

Para sostener esta tesis no hace falta ningún insulto al pensamiento ajeno, la propia experiencia histórica lo demuestra: a principios de los años noventa, la desocupación oscilaba entre el 6 y el 8 por ciento, mientras que a mediados de esa época, en 1995, en plena flexibilización de los derechos, el índice de desocupación llegó a alcanzar el 18 por ciento. 

Fuente: Página 12

 

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