viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº1333

Trabajadores | 9 dic 2022

EL SALARIO DE LOS TRABAJADORES 8

Antes que reducir la jornada, pagar mejores salarios

Hay un debate alrededor de la reducción de la jornada de trabajo. Sin embargo, con el nivel salarial actual, el tiempo extra sería utilizado en otro trabajo.


Por Matías Cremonte (*)

El capitalismo encontró en el derecho del trabajo apenas una limitación. Por un lado, luego de la conquista histórica de la jornada de ocho horas, se impuso un límite máximo al tiempo por el cual una persona puede ser explotada. Por el otro, a través de los salarios mínimos se limitó la cantidad de dinero por menos de la cual no se puede comprar fuerza de trabajo. Jornada máxima y salarios mínimos son así los principales límites a la explotación y aún hoy la razón de la mayoría de los conflictos laborales.

En ambas conquistas subyace un aspecto de la vida poco reivindicado: el derecho al ocio, al esparcimiento, o como dijo Paul Lafargue, el derecho a la pereza. "Si la clase obrera, tras arrancar de su corazón el vicio que la domina y que envilece su naturaleza, se levantara con toda su fuerza, no para reclamar los derechos del hombre (que no son más que los derechos de la explotación capitalista), no para reclamar el derecho al trabajo (que no es más que reclamar el derecho a la miseria), sino para forjar una ley de bronce que prohibiera a todos los hombres trabajar más de tres horas por día, la Tierra, la vieja Tierra, estremecería de alegría, sentiría brincar en ella un nuevo universo", escribió Lafargue en El derecho a la pereza en 1880.

Más allá de esta postura radical y antisistema, lo cierto es que la jornada se limitó para tener mayor tiempo de descanso y de esparcimiento; y que el salario se volvió vital no sólo para reponer energía, sino para contar con dinero para acceder a los placeres del ocio y la cultura.

Derecho al ocio

En Argentina, la definición de salario mínimo vital enumera las necesidades a cubrir, incluyendo el derecho al esparcimiento. Pero la jornada laboral y el salario se encuentran en crisis hace décadas. El tiempo de trabajo se ha flexibilizado notablemente y eso se expresa en los turnos rotativos en procesos continuos, que vuelven ilusoria la posibilidad de descansar un fin de semana, y en la escasez del salario, que obliga a los trabajadores/as a realizar horas extras, es decir, a pasar más horas trabajando y no menos.

Esto evidencia que, a pesar de lo que se preveía, los avances tecnológicos por sí mismos no hacen mejor la vida de las personas que trabajan. No se cumplió la premonición de Keynes que aseguró que, por el aumento de la productividad, la generación de sus nietos trabajaría sólo tres horas diarias (Las posibilidades económicas de nuestros nietos, Keynes, 1930).

Paradójicamente, la productividad aumentó, pero los salarios reales cayeron. Lo muestra el informe de CIFRA de mayo pasado sobre la situación del mercado laboral, donde precisa que las remuneraciones evolucionaron menos que la productividad y se produjo una pronunciada brecha entre ambas. El resultado jugó en contra de quienes venden su fuerza de trabajo: “Entre 2018 y 2021 se dio una transferencia de 7,7 billones de pesos desde los asalariados hacia el capital”, indica ese trabajo.

Así, la extraordinaria rentabilidad empresaria se sustenta en la reducción salarial y/o en el aumento del tiempo de trabajo, esto es, en la superexplotación de la fuerza de trabajo. Porque aunque nos encontramos frente a posibilidades técnicas que permitirían la reducción de la jornada de trabajo, los niveles salariales actuales permiten suponer que el tiempo extra sería utilizado en otro trabajo, o que aun recuperando ese tiempo para la propia vida, las personas trabajadoras no tendrían dinero para disfrutar de ese tiempo de ocio.

Por ello, el mayor problema que hoy existe en el mercado de trabajo son los salarios bajos, lo que incluye una enorme y vergonzante cantidad de personas que aun teniendo empleo, incluso formal, son pobres.

De acuerdo a la ley vigente, el salario mínimo debe asegurar alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión (art. 116 Ley de Contrato de Trabajo).

Eso no implica contraponer el objetivo de reducir la jornada de trabajo al de garantizar salarios dignos. Pero en orden de prioridades, resulta imprescindible que la fuerza de trabajo se pague según su definición legal, para así poder disfrutar del tiempo libre, que, claro está, cuanto más sea, mejor.

(*) Presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas (ALAL)

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